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Bando de Alcaldía / Ocupación de terreno de uso público con terrazas de veladores
- Detalles
- Creado: 08 Mayo 2020


La Ordenanza Municipal reguladora de la ocupación temporal de terrenos de uso público con terrazas de veladores anejas a establecimientos hosteleros de carácter permanente, aprobada por el Pleno Municipal el 29 de marzo de 2012, y modificada por acuerdo de Pleno Municipal de fecha 28 de junio de 2018, regula el régimen jurídico a que debe someterse el aprovechamiento de los terrenos de dominio público municipal y de dominio privado de uso público en superficie, mediante su ocupación temporal con terrazas de veladores anejas a establecimientos hosteleros de carácter permanente.
Considerando que la Ordenanza municipal reguladora de la ocupación temporal de terrenos de uso público con terrazas de veladores anejas a establecimientos hosteleros de carácterpermanente permite que, de manera excepcional, por razones de dinamización de determinados entornos urbanos debidamente motivadas, se podrá autorizar la instalación en lugares cercanos al establecimiento solicitante, y considerando que la situación actual justifica dicha excepcionalidad con el fin de dinamizar económicamente la ciudad ante la crisis económica, además de sanitaria, que está viviendo, y con el fin de que los titulares de establecimientos hosteleros tengan la posibilidad de abrir sus terrazas en el momento en el que la autoridad competente permita esa actividad en el municipio de Talavera de la Reina, se acuerda lo que aparece en el siguiente bando municipal.